Normativa de Envases
Área de Sostenibilidad
Nuestra experiencia nos permite conocer y comprender cómo funcionan.
¿Qué es la Adaptación Normativa de Envases (RD 1055/2022 y PPWR)?
Es una estrategia y servicio técnico integral diseñado para adaptar el packaging y los procesos corporativos a las nuevas exigencias del Real Decreto 1055/2022 y del Reglamento Europeo de Envases y Residuos de Envases (PPWR – Reglamento UE 2025/40). Su finalidad es transformar la gestión de los envases mediante el ecodiseño, la minimización de residuos, la garantía de reciclabilidad y la trazabilidad documental para asegurar que los envases sean sostenibles, seguros y legalmente conformes.
¿Qué beneficios aporta a la empresa? la Normativa de Envases?
Más allá del estricto cumplimiento legal, la adaptación normativa de envases representa una oportunidad estratégica para las empresas. En el ámbito económico, genera una reducción de costes gracias al ahorro logístico derivado de la disminución del peso y del espacio vacío en las cajas de transporte. A nivel operacional, garantiza la continuidad comercial, evitando el bloqueo o la retirada de productos al asegurar el grado de reciclabilidad exigido y contar con la documentación obligatoria dentro de los plazos legales. Por último, en materia de ESG y reputación, refuerza el compromiso ambiental de la organización, mejorando de forma considerable su calificación de sostenibilidad frente a clientes, distribuidores y proveedores.
A quién obliga la Ley
Al ser el PPWR un reglamento de aplicación directa, la normativa impacta a toda la cadena de valor y afecta a:
Fabricantes de Envases
Quienes diseñan o producen el packaging están obligados a modificar formatos y materiales.
Importadores
Deben garantizar legalmente que los envases procedentes de fuera de la UE cumplan con las normativas europeas (etiquetado, cuotas, etc.).
Productores y Envasadores
Marcas que introducen por primera vez un envase lleno en el mercado.
Distribuidores
Tienen la obligación de verificar la existencia de la documentación de conformidad (CoC) antes de su comercialización.
¿Cuáles son las claves para su cumplimiento?
Prevención y Reducción
Prohibición de formatos innecesarios (como plásticos de un solo uso en hostelería) y reducción estricta del «sobreenvasado».
Reutilización
Fomento de sistemas de retorno y logística inversa, fijando cuotas progresivas para envases reutilizables (como palés y cajas B2B).
Reciclabilidad Total
El ecodiseño es obligatorio; para 2030, todos los envases deben ser reciclables y contener porcentajes mínimos de plástico reciclado.
Expediente Técnico y Marcado
Elaboración de la documentación de conformidad exigida, etiquetado normativo y control de sustancias restringidas (como metales pesados o PFAS).
¿Qué servicios de consultoría se ofrecen para llevarlo a cabo?
Registro y RAP (Responsabilidad Ampliada)
Gestión de la inscripción en el Registro de Productores de Producto (RPP) del MITECO (art. 15 RDERE), tramitación de declaraciones anuales de envases y asesoramiento para la adhesión a un SCRAP.
Expediente Técnico
Elaboración del Expediente Técnico (Anexo VII) y redacción formal de la Declaración UE de Conformidad (CoC).
Diagnóstico PPWR y Análisis
Evaluación del rol legal exacto de la empresa, revisión del porfolio de envases (cumplimiento de límites de metales pesados y PFAS para agosto de 2026) y verificación de las Declaraciones UE de Conformidad (CoC) de los proveedores.
Ecodiseño, marcado y minimización
Asesoría técnica en simbología/marcado, minimización de peso y volumen, control del espacio vacío y clasificación de reciclabilidad (Grados A, B o C).
Preguntas frecuentes
Sí, los productores y envasadores que ponen productos envasados por primera vez en el mercado deben inscribirse en el Registro de Productores de Producto (RPP) del MITECO y presentar de forma obligatoria las declaraciones anuales de envases puestos en el mercado.
Como importador, asumes la responsabilidad legal de garantizar que todo el packaging cumpla con la normativa europea (PPWR/RD 1055/2022), incluyendo el etiquetado, la ausencia de sustancias prohibidas (como PFAS o metales pesados) y la existencia de las Declaraciones UE de Conformidad (CoC).
Es la documentación técnica obligatoria (Expediente Técnico Anexo VII) que acredita que el envase cumple con los requisitos de minimización, reciclabilidad y composición fijados por el Reglamento Europeo, siendo indispensable para evitar bloqueos en la comercialización.
Entre otras fechas hito, destaca agosto de 2026 para la revisión y cumplimiento del límite estricto de sustancias como metales pesados y PFAS, y el horizonte de 2030 donde la totalidad de los envases comercializados deberán ser 100% reciclables (Grados A, B o C) e incorporar contenido mínimo reciclado.
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