Requisitos
- Pyme/Autónomo.
- Exclusiones: comunidades de bienes, las sociedades civiles, uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. También, las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
- Estar dada de alta de manera continuada en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2024.
- Quedan excluidas del Programa las empresas proveedoras de soluciones de digitalización a terceros, al tratarse de entidades relacionadas con el ámbito objeto del programa. A estos efectos, quedarán excluidas, con carácter general, las empresas con IAE del grupo 845: Explotación electrónica por cuenta de terceros.
- No pertenecer al sector primario (ganadería, pesca y agricultura).
- Tener una cifra de negocio mínima de 100.000 € en la última anualidad.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Castellón.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir la norma de minimis, según la cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 € en los tres años previos a dicha concesión.
- No podrán participar en la Fase I de Diagnóstico aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico con posterioridad al 31/12/2023.
- No podrán ser beneficiarias de la Fase de Implantación de Ayudas las empresas que hubieran resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del programa en el período de programación FEDER 2021-2027, con posterioridad al 31/12/2023.
- Podrán optar directamente a la Fase de Implantación de ayudas aquellas Pymes que:
- a) Hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I de la convocatoria de programa Pyme Cibersegura en la anualidad anterior.
- b) Acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de en materia de ciberseguridad en las pymes, de organismos de Promoción de las Comunidades Autónomas, de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio.
SE CONCEDEN POR ORDEN DE ENTRADA, FECHA PARA PRESENTACIÓN 16/03/26 HASTA 30/09/26
El porcentaje máximo de ayuda a percibir porcada empresa será del 60% sobre el coste elegible indicado, siendo el máximo 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 4.200 €.