Registro Salarial

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Registro Salarial

Nuestra experiencia nos permite conocer y comprender cómo funcionan.

Es un registro de retribuciones salariales y extrasalariales de toda la plantilla, desglosada por sexo y por la clasificación profesional existente en la empresa. El registro he de realizarse de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.

Este registro garantiza la transparencia y inadecuado acceso a la información salarial de las empresas, al margen de su tamaño mediante la elaboración documentada de los datos.

Hablemos del registro salarial

¿Quién está obligado a realizarlo?

Es obligatorio para todas la empresas, independientemente de su tamaño, se trata de un informe que deberá disponer la empresa, y que le puede ser requerida por la inspección de Trabajo o los Representantes legales de los trabajadores de la empresa, que tendrán acceso al contenido integró del mismo.

 

Se debe realizar una vez al año y debe incluir lo estipulado por el articulo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y el articulo 5 de RD 902/2020.

Otra información

¿Cual es el objeto del registro?

Se pretende garantizar la transparencia salarial de manera fiel y actualizada y una adecuada acceso a la información de la empresas al margen de su tamaño. Combatir la brecha salarial en la empresa, en el caso de que la diferencia de salarios entre hombres y mujeres no se pueda justificar.

¿Cuándo se debe realizar el registro salarial?​

El registro se deberá realizar anualmente, teniendo vigencia de un año . No se registra ante ninguna Administración Pública, es un informe que conservara la empresa y aportara cuando sea requerida.

Consecuencias de no realizar el registro salarial​

La ausencia del registro salarial es un incumplimiento empresarial tipificada como una infracción a la ley , pudiendo llegar a considerarse delito de discriminación por razón de sexo.

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