Directiva Ómnibus 2026: qué cambia en la CSRD y la CSDDD

Directiva Ómnibus 2026: qué cambia en la CSRD y la CSDDD

El pasado 26 de febrero se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la conocida como Directiva Ómnibus, una norma que introduce modificaciones relevantes en dos de los principales pilares regulatorios en materia de sostenibilidad empresarial: la CSRD (Corporate Sustainability Reporting Directive) y la CSDDD (Corporate Sustainability Due Diligence Directive).

Tras su aprobación el pasado 24 de febrero, se dictaminó que su entrada en vigor se produciría 20 días después, y los Estados miembros dispondrán de un plazo de 12 meses para su transposición al ordenamiento nacional.

 

1. Nuevo ámbito de aplicación de la CSRD – Ómnibus 2026

Uno de los cambios más significativos afecta al perímetro de empresas obligadas a reportar información en materia de sostenibilidad.

Con la Directiva Ómnibus, la obligación se centra en empresas que cumplan simultáneamente:

  • Más de 1.000 empleados, y
  • Un volumen de negocios neto superior a 450 millones de euros.

Este ajuste redefine el alcance inicial previsto, concentrando las exigencias de reporte en organizaciones de mayor dimensión.

 

2. Revisión de los estándares ESRS (NEIS) – Ómnibus 2026

La norma prevé que la Comisión Europea adopte, mediante acto delegado y en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigor de la directiva, modificaciones en los ESRS (European Sustainability Reporting Standards), también conocidos como NEIS.

Este punto es especialmente relevante, ya que los estándares determinan el contenido y la profundidad del reporte. Su revisión puede implicar ajustes técnicos en:

  • La estructura de la información.
  • Los indicadores exigidos.
  • El nivel de detalle requerido.

Las empresas deberán mantenerse atentas a estas modificaciones para adaptar correctamente sus sistemas de recopilación y verificación de datos.

 

3. Implicaciones prácticas para las empresas – Ómnibus 2026

La Directiva Ómnibus no supone una derogación del marco de sostenibilidad europeo, sino una recalibración estratégica de su alcance y desarrollo técnico.

Para las organizaciones afectadas, las principales implicaciones serán:

  • Revisar si cumplen los nuevos umbrales de aplicación.
  • Evaluar el impacto de las futuras modificaciones en los ESRS.
  • Ajustar sus procesos internos de recopilación, control y reporte de información no financiera.

En España, la transposición deberá realizarse en el plazo de 12 meses, lo que abre una ventana temporal para anticipar ajustes y reforzar la planificación en materia ESG.

En este nuevo escenario regulatorio, contar con un acompañamiento especializado resulta clave para transformar la obligación en oportunidad.

 

Desde INGADE ayudamos a las organizaciones a analizar su posición frente a la CSRD, adaptar sus sistemas de reporte a los ESRS y reforzar sus políticas de debida diligencia, siempre con un enfoque práctico, estratégico y alineado con la realidad de cada empresa.

La sostenibilidad ya no es solo una cuestión reputacional: es cumplimiento normativo, gestión del riesgo y visión de futuro. Y estamos preparados para acompañarte en ese camino.

Ómnibus 2026

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