Ingade Connect, S.L.
Subvención para empresas de Alicante
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
- Certificaciones de calidad para el extranjero.
- Certificados ISO acreditados por ENAC.
- Cualquier otra certificación que incida en la puesta en marcha del Plan.
ISO 9001, ISO 14001, ISO 22000, IFS (todas sus versiones), BRC (todas sus versiones), …
REQUISITOS:
- Pyme/Autónomo.
- Se excluyen las comunidades de bienes y las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. También las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
- Estar dada de alta en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención.
- No pertenecer al sector primario (ganadería, pesca y agricultura). En el caso de empresas que operen en la producción primaria de productos excluidos por la frase anterior, podrán ser beneficiarias siempre que desarrollen producto transformado, estén dadas de alta en el IAE con actividad comercializadora y la ayuda se dirija específicamente a dicha actividad.
- Tener su domicilio social o centro productivo en la demarcación de la Cámara de Comercio de Alicante.
- Estar al corriente de pago con la AEAT y la Seguridad Social.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir la norma de minimis, según la cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 € en los tres años previos a dicha concesión.
- Disponer de producto/servicio propio sobre el que se diseñará el plan de internacionalización. No podrán participar aquellas empresas cuyo modelo de negocio sea exclusivamente online.
- Tener una facturación mínima anual de 200.000€ en el último ejercicio cerrado.
- Tener una plantilla media del último ejercicio (1 de enero hasta el 31 de diciembre) de, al menos ,2 empleados por cuenta ajena.
- No podrán participar en la Fase de ayudas aquellas empresas que ya hayan sido beneficiarias de dicha Fase en el período de programación FEDER 2021-2027, con posterioridad a 31/12/2023.
- En el caso de empresas que ya hubieran participado en la Fase de Asesoramiento de Xpande con posterioridad al 31/12/2023, podrán realizar nuevamente esta fase si ésta se refiere a un mercado distinto.
- Podrán optar directamente a la Fase de Ayudas aquellas empresas que cumplan alguno de los siguientes requisitos:
– Hayan finalizado la Fase de Asesoramiento del Programa Xpande en las dos últimas anualidades, y no hayan sido beneficiarias de la Fase de Ayuda.
– Acrediten haber participado en los dos últimos años en programas similares de Asesoramiento en Internacionalización desarrollados por ICEX, u otros organismos de promoción exterior.
SE CONCEDEN POR ORDEN DE ENTRADA, FECHA PARA PRESENTACIÓN ABIERTO HASTA 01/04/26.
El porcentaje máximo de ayuda apercibir por cada empresa será del 60% sobre el coste elegible indicado, siendo el máximo 8.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 4.800 €.