Ingade Connect, S.L.
Subvención para empresas de Jerez
PROYECTOS SUBVENCIONABLES:
- Implantación de sistemáticas y metodologías de Gestión (limitado a empresas de 10 o más trabajadores)
- Obtención de certificaciones relacionadas con la calidad, la gestión y la I+D+i
- Preparación y tramitación de ayudas a la I+D+i
- Protección de la Propiedad Intelectual
REQUISITOS:
- Pyme/Autónomo.
- Están excluidas las comunidades de bienes y las sociedades civiles, las uniones temporales de empresas (UTE), asociaciones, fundaciones y, en general, las entidades sin ánimo de lucro. También, las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores.
- Estar dada de alta de manera continuada en el Censo del Impuesto de Actividades Económicas en la actividad objeto de subvención antes del 1 de enero de 2024.
- No pertenecer al sector primario (ganadería, pesca y agricultura).
- Tener una facturación mínima de 100.000 € en la última anualidad.
- Tener su domicilio social y/o centro productivo alguno de los municipios de la demarcación de la Cámara de Comercio de Jerez de la Frontera.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No encontrarse incursa en ninguna de las prohibiciones a que hace referencia el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Cumplir la norma de minimis, según la cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una “única empresa” no será superior a 300.000 euros en los tres años previos a dicha concesión.
- No podrán participar en la Fase I de asesoramiento a través del Diagnóstico Asistido en Innovación aquellas empresas que hubieran realizado dicho diagnóstico con posterioridad al 31/12/2023.
- No podrán ser beneficiarias de la Fase II de implantación de soluciones innovadoras las empresas que hubieran resultado beneficiarias de esta fase en cualquier convocatoria anterior del Programa con posterioridad al 31/12/2023.
- Podrán optar directamente a la Fase II de Implantación de Soluciones Innovadoras aquellas Pymes que:
a) hayan justificado documentalmente su participación previa en la Fase I de la convocatoria del programa Pyme Innova en la anualidad anterior, o
b) acrediten haber participado en la anualidad anterior en un programa similar de asesoramiento en la incorporación de la innovación en las PYME, de organismos de promoción de la innovación de las Comunidades Autónomas., de organismos públicos nacionales, regionales o locales o de Cámaras de Comercio, siempre que cumplan los requisitos indicados en la presente convocatoria.
SE CONCEDEN POR SORTEO, FECHA PARA PRESENTACIÓN 11/03/26 HASTA 17/03/26
El porcentaje máximo de ayuda a percibir por cada empresa será del 85% sobre el coste elegible indicado, siendo el máximo 7.000 €, por lo que la cuantía máxima de la ayuda por empresa será de 5.950 €.