Introducción
- El Programa de Prevención de Riesgos Penales tiene como finalidad el establecimiento de normas, procedimientos y herramientas para evitar el incumplimiento de la normativa legal con relevancia penal aplicable a la Compañía y a su personal, y adaptarla al nuevo entorno regulatorio.
- Conviene señalar en este punto cuando fue elaborado el programa e implantado en la empresa.
- Incorporar la gestión y prevención de riesgos penales que le pudieran afectar de acuerdo a su actividad y sector, en relación con la Responsabilidad Penal de las personas jurídicas introducida en el Código Penal.
Ámbito de aplicación:
- Relaciones con administraciones públicas, reguladores y supervisores.
- Relaciones con proveedores de productos o prestadores de servicios y con los clientes.
- Situaciones con posibles conflictos de intereses.
- Mercado de valores, cotización de la acción y relación con los inversores.
- Elaboración y difusión de información del Grupo.
- Tratamiento de datos e información confidencial.
- Obligaciones para con la Hacienda Pública.
- Interacción con el Medio Ambiente y su conservación.
- Sistemas informáticos y tecnología de la información.
Herramientas generales de control y prevención.
Sintetizar que herramientas tiene la empresa para evitar que se cometan delitos que puedan perjudicar a la Persona Jurídica (por ejemplo: canal de denuncia, políticas de gestión, sistemas de control interno, auditorías, políticas de responsabilidad, formación específica de los empleados en este ámbito).
- Necesidad de fijar el cómo y ante quien se realiza la comunicación.
- Disponer qué elementos debe contener esa comunicación, es decir, nombre, apellidos, pruebas veraces de la infracción, etc.
- Sanciones disciplinarias de acuerdo con la normativa laboral.
- Establecer que cursos de formación deberán realizar el personal de la empresa en este ámbito.
- Actualizar y coordinar el cumplimiento del programa de conformidad con las características de la empresa.
Establecer un órgano/persona encargada de supervisar y controlar el programa.
- Es decir el control sobre los empleados, acreditar que ese empleado ha recibido formación específica, establecer controles internos como por ejemplo el bloqueo de ordenadores para acceso a internet, etc.
- En el caso de personas jurídicas de pequeñas dimensiones, el órgano de control puede ser asumido por el órgano de administración, ellas son aquellas empresas que pueden presentar cuentas de pérdidas y ganancias abreviada.
0
Soporte Dado
0
+
Valoración de los Clientes
0
M+
Dinero ahorrado
0